“Cartex S. A. S/ Concurso Preventivo”

Informe Artículo 35 Ley 24.522

Legajo Nº: 17
Acreedor: DELTACOM S.A..

1. ACREEDOR
1.1.Apellido y Nombre o Denominación:
- - - DELTACOM S.A..
1.2.Tipo y número de documento de identidad personal o fiscal:
- - - CUIT 30-65518973-0.

2. DOMICILIO
2.1.Real:
- - - San Lorenzo 3799. Olivos Buenos Aires.
2.2.Constituido en la jurisdicción del Tribunal:
- - - Av. L. N. Alem 1050 Piso 13º.

3. MONTO RECLAMADO
- - - El insinuante invoca que su crédito tiene causa en:
Deuda en concepto de prestación del servicio de compactación y disposición final de residuos.

4. CAUSA INVOCADA
- - - El insinuante invoca que su crédito tiene causa en:
Deuda por Aportes y Contribuciones de Obra Social.

5. PRIVILEGIO Y GARANTIAS INVOCADOS
- - - El reclamante solicita se le reconozcan los montos, monedas y privilegios que se detallan a continuación.

Insinuado

Privilegio

Moneda

Importe

Quirografario

Pesos

8.360,10

Arancel Art. 32 LCQ

Pesos

50,00

Total insinuado en Pesos

8.410,10

Total insinuado en Dólares

0,00

6. INFORMACION OBTENIDA
- - - La información obtenida por la sindicatura fue la siguiente:

6.1. Obtenida de la concursada:
6.1.01. Legajo conformado por la documental establecida por los artículos 32, 33, y 34 LCQ, identificado con el número 17.

6.2. Obtenida de la insinuante:
- - - Los documentos que se detallan a continuación:
Solicitud de verificación de crédito.
Copia Poder General Judicial.
Asimismo, los siguientes documentos, y, en su caso, con indicación de los libros y fo-jas en la que los mismos se encuentran registrados en la contabilidad de la concur-sada según se consigna.

Comprobante

 Subdiario Compras 

Tipo

Nro.

Fecha

Importe

Vencimiento

Libro No.

Foja No.

Factura A

0001-00028296

30/11/2001

315,21

30/12/2001

2

340

Factura A

0001-00029130

31/12/2001

307,71

30/01/2002

2

343

Factura A

0001-00030213

31/01/2002

306,47

02/03/2002

2

345

Factura A

0001-00030922

28/02/2002

302,70

30/03/2002

2

347

Factura A

0001-00031427

28/02/2002

69,00

30/03/2002

 

no registrada

Factura A

0001-00031569

14/03/2002

250,00

13/04/2002

 

no registrada

Factura A

0001-00032028

31/03/2002

300,21

30/04/2002

2

349

Factura A

0001-00032918

30/04/2002

356,74

30/05/2002

2

 

Factura A

0001-00033864

31/05/2002

458,65

30/06/2002

2

355

Factura A

0001-00034914

30/06/2002

456,15

30/07/2002

2

358

     

3.122,84

     

Cheque banco

Nro.

Fecha

Importe

Vencimiento

Francés

62290

15/11/2001

250,00

21/02/2002

Credicoop

24068229

28/11/2001

69,00

31/01/2002

     

319,00

 

7. DENUNCIA DEL CRÉDITO POR PARTE DE LA CONCURSADA:
- - - Si, el insinuante ha sido denunciado por la concursada en la oportunidad establecida por el artículo 11 LCQ, conforme sintéticamente se expone a continuación:
Monto: $ 2.731,24.
Causa: Servicios (gestión ambiental integral).


8. OBSERVACIONES EFECTUADAS (ART. 34 LCQ):
- - - No, el presente acreedor no ha sido observado en los términos del artículo 34 LCQ.


9. OPINION DE LA SINDICATURA
9.1. Sobre la procedencia del crédito:
- - - Conforme ha sido expuesto con anterioridad, la concursada ha denunciado al presente acreedor por los importes y privilegios informados en “7.”. Por su parte, éste ha solicitado la verificación de los importes detallados en “5.” con funda-mento en la causa consignada en “4.”.
En virtud de la tarea realizada, la que ha consistido en la compulsa de los ele-mentos detallados en “6.” precedente, y en congruencia con: A) Los registros con-tables de la concursada, B) La denuncia del crédito en tales términos por la con-cursada, y C) La inexistencia de observaciones a la presente solicitud (Art. 34 LCQ), es opinión de esta sindicatura que han quedado suficientemente acredita-das la causa, el monto, el privilegio, y la valuación pretendidos por el acreedor.
Por tal motivo, estos funcionarios aconsejan a V. S. declarar verificada la preten-sión bajo tratamiento, por los importes y privilegios que se detallan en el acápite “9.2.” siguiente.

9.2. Conclusión:

---- En virtud de todo lo manifestado, esta sindicatura aconseja a V. S. declarar a la insinuación presentada por DELTACOM S.A., tal como a continuación sintéticamente expone:

Se aconseja a V. S. declarar Verificado:

Privilegio

Moneda

Importe

Quirografario

Pesos

8.360,10

Arancel Art. 32 LCQ

Pesos

50,00

Total aconsejado como Verificado en Pesos

8.410,10

Total aconsejado como Verificado en Dólares

0,00


Se aconseja declarar Inadmisible

0,00



Aguilar Pinedo, Rascado Fernández & Asociados
C.P.C.E.C.A.B.A. To. 2 Fo. 47


Carlos A. Aguilar Pinedo
Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. To. 103 Fo. 136
Socio